Con la intención de que los directores de carreras no se vean en la desagradable tesitura de tener que descalificar a los galgos que compitan en las Fases Previas de Castilla y León.

Les recordamos, que tal y como publicó la Junta de Castilla y León en el BOCYL  Orden AYG/610/2016, de 31 de mayo:

 1. Se estableció la revacunación obligatoria de los perros con periodicidad anual.

2. La desparasitación contra Echinococcus granulosus será obligatoria en los perros de más de tres meses de edad, y en especial, en aquellos dedicados al pastoreo. La desparasitación se realizará mediante la administración de un antihelmíntico farmacológicamente activo y oficialmente autorizados.

3. El tratamiento tendrá una periodicidad mínima de seis meses, siendo recomendable la desparasitación trimestral, mediante prescripción veterinaria, por parte de los propietarios.

Por tanto y resumiendo los galgos deberán estar vacunados anualmente contra la rabia y deberán estar desparasitados cada seis meses, las dos acciones deberán estar reflejadas en la cartilla sanitaria (pasaporte) del animal en cuestión.

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